El Supremo confirma que las dietas de manutención no cotizan sin necesidad de tiques, sea cual sea el sector de la empresa

El Tribunal Supremo ha ampliado a cualquier empresa, con independencia de su actividad, el criterio según el cual las dietas por manutención quedan fuera de la base de cotización a la Seguridad Social sin aportar facturas o tiques de cada gasto. Hasta ahora esta doctrina se había aplicado a empresas de transporte. Ahora se extiende a una compañía de instalaciones y mantenimiento.
Qué exige el Supremo

Para excluir las dietas de la base de cotización basta con cumplir dos requisitos:

Acreditar el desplazamiento. El trabajador debe haberse desplazado por motivos laborales fuera de su centro de trabajo habitual.
Respetar los límites del Reglamento del IRPF. Las cantidades no pueden superar los máximos diarios exentos.

No es necesario justificar documentalmente cada comida.

Manutención España Extranjero
Con pernocta 53,34 €/día 91,35 €/día
Sin pernocta 26,67 €/día 48,08 €/día

El tribunal también aclara que el derecho a estas compensaciones no depende del tipo de contrato del trabajador. Lo que cuenta es que exista un desplazamiento temporal real que le genere gastos adicionales.

Consecuencias para la empresa

La sentencia anula las liquidaciones de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y las resoluciones y sentencias anteriores que las confirmaban. Además, ordena devolver a la empresa lo ingresado, con sus intereses de demora.

¿Y el alojamiento?

El fallo se refiere solo a la manutención. No obstante, sus argumentos podrían influir en cómo se interpretan otros gastos ligados a los desplazamientos, como los de alojamiento y estancia. Hay que tener en cuenta que, por ahora, el Reglamento del IRPF sigue exigiendo justificar el importe de los gastos de estancia. La excepción son los conductores de transporte de mercancías por carretera, con 15 €/día en España y 25 €/día en el extranjero.

Recomendación práctica

Aunque no sea necesario guardar tiques de manutención, la carga de probar el desplazamiento sigue siendo de la empresa. Conviene conservar órdenes de desplazamiento, partes de trabajo, albaranes o registros GPS que acrediten el día, el lugar y el motivo de cada dieta.
Sergio Molinero
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