Tras diversas consultas recibidas, y habiéndose pronunciado al respecto la Dirección General de Tributos, pasamos a dar respuesta sobre el tratamiento fiscal en el impuesto de la renta de las personas físicas del pago único por jubilación demorada.
Se trata de un rendimiento del trabajo obtenido de forma notoriamente irregular en el tiempo, siendo de aplicación la reducción del 30 por ciento en base al artículo 18.3 de la Ley del I.R.P.F.
Nueva obligación para quien cobre el desempleo
En virtud del Real Decreto-ley 2/2024, sobre medidas urgentes para la simplificación y mejora del nivel asistencial en la protección por desempleo, se impone la obligación de presentar la declaración a todas las personas que reciban prestaciones por desempleo,...